Educación técnica y tecnológica de nivel medio y terciario, y formación profesional básica y superior en todo el territorio del Uruguay, sobre la base de los principios de gratuidad, laicidad e igualdad.

Se otorga dos días de asueto a los funcionarios no docentes, pasantes, becarios y docentes en funciones de docencia indirecta de la Administración Nacional de Educación Pública


26 de junio de 2025

Resolución: Resolución Nº 1567/025
Tipo de Resolución: CODICEN
Subtipo de Resolución: Resolución
Expediente: Expediente Nº 2025-25-1-002333
Fecha: 24/06/2025



El Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública, resuelve: 1) Conceder dos días de asueto a los funcionarios no docentes, pasantes, becarios y docentes en funciones de docencia indirecta de la Administración Nacional de Educación Pública, a usufructuar en los siguientes períodos:

  • DGEIP: entre el 30 de junio hasta el 4 de julio.
  • DGES, DGETP y CODICEN: entre el 30 de junio hasta el 11 de julio.
    CFE: entre el 30 de junio hasta el 18 de julio.

2) Disponer que las jerarquías correspondientes procedan a distribuir
el usufructo de los días de asueto a los funcionarios, de manera de no afectar
la atención del servicio.