Contralor de la obligatoriedad de voto, Elecciones Departamentales y Municipales
Acorde a lo dispuesto por la Ley N.º 16.017, de fecha 20 de enero de 1989, a partir del 8 de setiembre del corriente año hasta el 6 de enero del 2026, se deberá realizar el control del voto de las Elecciones Departamentales y Municipales.
1 de octubre de 2025
Es importante recordar que deben presentar justificación de no voto o pago de multas, aquellos funcionarios que recibieron aviso en el recibo de sueldo del mes de septiembre, dicha documentación deberá ser remitida al siguiente mail: voto-obligatorio@utu.edu.uy.
El pago en suspenso se realizará con presupuesto de octubre a quienes no hayan justificado.
Por último, aquellos funcionarios que no recibieron dicho aviso, no deberán realizar ningún trámite para el cobro de haberes.