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ANEP DISPUSO MEDIDAS ESPECÍFICAS EN RELACIÓN AL PARO GENERAL PREVISTO PARA MAÑANA

Resolución: Resolución del Codicen Nº 1245/21 del Acta Nº 17

Tipo de Resolución: CODICEN

Subtipo de Resolución: Resolución-Circular

Expediente: Expediente Nº 2021-25-1-002747

Fecha: 16/06/2021

El CODICEN resuelve: 1) Disponer que los centros educativos dependientes de la Administración Nacional de Educación Pública permanecerán abiertos, siempre que cuenten con las condiciones necesarias para su funcionamiento dando estricto cumplimiento de las previsiones contenidas en los protocolos sanitarios, lo que será determinado por las Direcciones escolares y las Inspecciones correspondientes. 2) Establecer que los comedores escolares dependientes de la Dirección General de Educación Inicial y Primaria, en todas sus modalidades, permanecerán abiertos siempre que cuenten con las condiciones necesarias para su debido funcionamiento ya que esta Administración no tiene noticia de guardias gremiales dispuestas a tales efectos. 3) Disponer que los funcionar:ios docentes de los distintos subsistemas que se encuentren realizando actividades a distancia y no adhieran a la medida gremial dispuesta, deberán informar a las Direcciones de los centros educativos en los que cumplan funciones dicha circunstancia a los efectos de que no se proceda a los descuentos salariales, registrando las actividades educativas que realizan en esa jornada. 4) Establecer que los funcionarios docentes de los distintos subsistemas que se encuentren realizando tareas presenciales y no adhieran a la medida gremial dispuesta, deberán concurrir al centro educativo siempre que la distancia de su residencia sea menor de 20 cuadras. En caso de residir a una distancia mayor y no contar con medios de transporte estarán autorizados a realizar actividades a distancia, lo que deberán informar a las familias, coordinando con las Direcciones de los centros educativos en lo pertinente. 5 )Los estudiantes que concurran a los centros educativos cuyos docentes adhieran al paro serán a.tendidos por los docentes que estén presentes en el marco de los protocolos sanitarios. 6) Los funcionarios no docentes de los distintos subsistemas que se encuentren realizando teletrabajo y no adhieran a la medida gremial dispuesta, deberán informar a la jefatura de su repartición las tareas que realizarán en la jornada a efectos de que no se aplique el descuento salarial correspondiente. 7) Los funcionarios no docentes que se encuentren en régimen de guardias presenciales y no adhieran al paro, siempre que su domicilio se encuentre a más de 20 cuadras del lugar donde cumple tareas y no cuenten con medios de transporte para trasladarse, podrán coordinar con la jefatura para recuperar las horas correspondientes al día de paralización en otra instancia y en forma presencial. 8) Establecer que en atención a las circunstancias sanitarias reinantes y a los efectos del debido cumplimiento de los protocolos sanitarios, no se aplicará el numeral 3ro de la Circular Nº438, de fecha 5 de octubre del año 2010 dictada por el entonces Consejo de Educación Inicial y Primaria, Resolución 49 del Acta 4 7 de 4/09/2007 dictada por el entonces Consejo de Educación Secundaria en lo pertinente, así como otra normativa de similar naturaleza en la ANEP que se oponga a la presente resolución.



Dirección General de Educación Técnico Profesional - UTU

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